Este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la INADMISIBILIDAD de la demanda por ACCIDENTES DE TRABAJO instaurado por el ciudadano EDGAR ABZUETA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº: V-4-626.173, contra las empresas PROCESADORA AMERICANA 12, C.A., INVERSIONES MAYRA C.A., e INSTALACIONES Y FERRETERIA RAFOMAY S.R.L.