SE REPONE LA PRESENTE CAUSA, al estado de admitir la presente Solicitud de Calificación de Despido, y una vez que el actor precise quien es la parte demandada o accionada en el presente asunto, se procederá a su admisión y notificación; en la dirección indicada por la parte actora, a objeto de que se celebre la Audiencia Preliminar en el presente proceso conforme a lo establecido en el Artículo 128 eiusdem y en consecuencia, se decreta la nulidad de las actuaciones que corren insertas desde el folio 17 al folio 23, ambos inclusive, del presente expediente, y así se decide.