este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano GUILLERMO FILEMON RIOS, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.225.541 contra la Entidad de Trabajo G.S MOTOR´S 2009, C.A, SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLIVARES CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. Bs. 5.398,35) por concepto de Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo, indicado en la parte motiva de la presente decisión, además de lo que arroje la experticia complementaria ordenada en el presente fallo.