El Tribunal, visto que el arreglo alcanzado por las partes no es contrario a derecho, imparte la HOMOLOGACION de conformidad a lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y a los fines de dar cumplimiento al acuerdo aquí alcanzado, ambas partes de común acuerdo con el Tribunal, se fija el día diecisiete (17) de Enero año 2006, a las 2:00 p.m., comprometiéndose el apoderado actor a traer ante el Tribunal a la trabajadora a fin de que reciba en sus manos el pago de sus prestaciones sociales; asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de cualquiera de las partes involucradas en el presente proceso, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.