La Jueza, visto el acuerdo alcanzado, el cual no es contrario a derecho, ni violenta ninguna norma constitucional, imparte la HOMOLOGACION de conformidad a lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y ordena la devolución de las pruebas y el cierre y archivo del expediente. Finalmente la ciudadana Jueza ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido, dándose por cerrado el acto a los 18 de diciembre de 2008. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.