DECISIÓN
En razón de las consideraciones de hecho y de derecho, antes planteadas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud por CALIFICACIÓN DE DESPIDO intentada por el ciudadano LUIS EDUARDO RENGIFO, titular de la cédula de identidad No.10.341.472, contra la empresa CENTRO DE ALMACENES CONGELADOS C.A.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada al Reenganche del Trabajador a su sitio de trabajo en las mismas condiciones anteriores al despido injustificado.
TERCERO: Se condena a la empresa demandada al pago de los salarios caídos causados, en los términos arriba indicados, hasta la fecha en que se materialice el Reenganche, excluyendo los lapsos en que la causa se paralizara por la demora procesal por hechos fortuitos o causa de fuerza mayor, vacaciones judiciales o por la .....