El Tribunal declaró CON LUGAR la demanda intentada y se condeno a la demandada a pagar al demandante, la cantidad de seis mil quinientos setenta y cuatro bolívares fuertes con cincuenta y ocho céntimos (Bs..F. 6.574,58) por concepto de diferencia en el pago de los domingos y feriados con la incidencia generada por la parte variable del salario mixto alegado en el escrito libelar y admitido por la demandada. Se condena a la demandada al pago de las costas.