Tal y como se desprende de las actas procesales y del asunto sometido al conocimiento de este Tribunal, la parte demandada consigna dos (02) oficios dirigidos a Leopoldo Dominguez y Carlos Reyes respectivamente, donde la demandada "INVERSIONES COMPU MALL, C.A." y el tercero llamado a este proceso COMERCIALIZADORA DOS PINOS 2021, C.A. informan el cambio de patrono por cuanto ambos fueron transferidos de la entidad de trabajo COMERCIALIZADORA DOS PINOS 2021, C.A. a la entidad de trabajo "INVERSIONES COMPU MALL, C.A."; hechos estos que hacen de forma inequívoca e indefectiblemente a este Juzgado en considerar que puede admitirse la Tercería, pues con ello no llevaría a que se desvirtúe la Naturaleza Jurídica de la Institución del Tercero alegada, pues el tercero no es parte en éste juicio, y con ello no traería como consecuencia que se proscriba o desnaturalice la Tutela Judicial Efectiva que garantiza la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 257, que invol.....