En razón de lo expuesto precedentemente este Tribunal QUINTO DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRUITO LABORAL DEL ESTADO ARAGUA DECLARA la INADMISIBILIDAD del presente asunto, en el presente proceso iniciado por el ciudadano EWGDUAR ALVAREZ LUGO, titular de la cedula de identidad N° 10.344.232, contra la empresa C.A. CERVERCERÍA REGIONAL, antes identificados en el presente expediente y se ordenará el cierre y archivo del mismo, una vez que transcurra el lapso de ley, a los fines que la parte ejerza el recurso a que tenga lugar.