Este Tribunal deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, conciente y espontánea expresada por las partes y en virtud de dicho acuerdo no es contrario a derecho y ha sido la conclusión de un proceso de mediación y conciliación dirigido por éste Tribunal se extiende los efectos de la Homologación dictada en la audiencia pasada en consecuencia se imparte en éste acto la HOMOLOGACIÓN JUDICIAL, al acuerdo alcanzado por la parte actora con las dos (02) demandadas, en éste proceso, dándole el efecto de cosa juzgada de conformidad al contenido del Art. 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y una vez que conste en autos el cumplimiento de lo convenido se ordenará el cierre y archivo de la presente causa. Se ordena la devolución de las pruebas recibidas en la primigesta audiencia. Finalmente la ciudadana Jueza, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las .....