PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Cobro de Prestaciones sociales y demás conceptos Laborales incoara la ciudadana DILCIA MARIA DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.819.234 y en consecuencia se condena a la entidad de trabajo AVICOLA LA MORA C.A., identificada en autos, y al Ciudadano ANTONIO SANJURJO FALCO, titular de de la cedula de identidad No.11.818.962, y solidariamente, a la entidad de trabajo ALIMENTOS ARAGUA SOCIALISTA S.A. (ALAS), identificada en autos, a cancelar la cantidad de CIENTO VEINTITRES MIL CUARENTA Y UN BOLIVARES CON VEINTINUEVE CENTIMOS (Bs.123.041,29) por los conceptos referidos en la parte motiva de la presente decisión más las cantidades que resulten de la expertita complementaria del fallo ordenada.