PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano ANDRES ANTONIO CASTRO PÉREZ, Cédula de Identidad N°. V-6.473.291 contra INDUSTRIA VENEZOLANA ENDÓGENA DE PAPEL, S.A. (INVEPAL S.A.), y en consecuencia se ordena a la accionada cancelar a favor del reclamante los montos y conceptos detallados en la parte motiva de este fallo, por la cantidad total de TRES MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 3.922,32). Y ASI SE DECIDE.- SEGUNDO: No hay condenatoria en costas. Y ASI SE DECIDE. TERCERO: Se ordena experticia complementaria del fallo para el cálculo de intereses sobre prestación de antigüedad; intereses de mora y corrección monetaria, conforme a los parámetros indicados en la parte motiva de la sentencia. CUARTO: Notifíquese de la sentencia a la Procuraduría General de la República. Líbrese Oficio. Cúmplase.
Se deja constancia que la audiencia de juicio fue reproducida por los medios audiovisuales del Ci.....