Por todas las consideraciones y razones expresadas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS BENEFICIOS incoada por la ciudadana FRANCYS RUTH CARVAJAL ORTEGA, cédula de identidad V-15.932.194 contra SOCIEDAD CIVIL CONSULTORES TÉCNICOS Y PROFESIONALES ASOCIADOS y/o SOCIEDAD CIVIL CONSULTORES TECYPROF Y ASOCIADOS, inscrita en el registro de Fundaciones, Asociaciones Civiles y Afines de la Gobernación del Estado Aragua, bajo el N° S070002 de fecha 01/02/2007; y solidariamente GOBERNACIÓN DEL ESTADO ARAGUA, entidad federal, perteneciente a la República Bolivariana de Venezuela, y en consecuencia deberá cancelar la parte accionada a favor de la reclamante la cantidad de SIETE MIL TRESCIENTOS SEIS BOLIVARES CON DIECIOCHO CÉNTI.....