este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAY en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede constitucional, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD intentado por el abogado en ejercicio LUIS ALEJANDRO MARCANO GIRON, inpreabogado Nro. 122.102, actuando en su condición de apoderado judicial de la entidad de Trabajo BIKEY TOO C.A, contra la Providencia Administrativa Nro. 00139-14, de fecha 11 de marzo del año 2014, en el expediente N° 043-2013-01-00214, dictada por la Inspectoría Del Trabajo con sede en la ciudad de Maracay.