PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL intentara el ciudadano NACER JOSÉ MUSTAFÁ PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 7.228.311, contra la sociedad mercantil ADMINISTRADORA A-340, C.A., sociedad mercantil constituida mediante Documento inscrito ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 26/03/2002, bajo el N° 56, Tomo 143-A; y en consecuencia SE CONDENA a la demandada, antes identificada, a cancelarle a la parte actora la cantidad de BOLIVARES FUERTES CINCUENTA MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO CON DIEZ CÉNTIMOS (Bs. 50.174,10); por los conceptos detallados en la parte motiva de este fallo. SEGUNDO: Asimismo se acuerda cancelar al demandante la Indexación Judicial; que deberá ser calculada conforme a lo previsto en la motiva de la presente Decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas, por cuanto la accionada no resultó totalmente vencida en juicio.