IMPROCEDENTE la solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efectos del Acto Administrativo solicitada por los ciudadanos CARLOS DELGADO, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.182.794, Secretario General; CESAR LOPEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.628.228, Secretario de Organización; JOAN CARRASQUEL, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.364.461, Secretario de Finanzas y OTROS; domiciliados en la ciudad de San Mateo, Estado Aragua, miembros de la Junta Directiva de la Organización Sindical denominada SINDICATO DE TRABAJADORES PROGRESISTAS DE LA EMPRESA AZUCARERA, CENTRAL EL PALMAR (SIMPROTRAZUC), debidamente asistidos por los abogados MARVIEL SANTANA y ULISIS WATEYMA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.109.253 y 101.282 en su orden; interpusieron Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra el AUTO de fecha 17 de enero de 2011, que fue dictada en el expediente Nº 043-2010-02-00116 dictado por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Autónomo.....