DECISIÓN
Por las razones y motivos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAY; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede constitucional, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la ciudadana AMY KAROLINA MORENO DE CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.737.703 y de este domicilio; contra la Sociedad Mercantil INSTITUTO POLITECNICO SANTIAGO MARIÑO, inscrita en la Oficina Subalterna del Registro Publico del Distrito Bolívar del Estado Anzoátegui, en fecha 20 de septiembre de 1991, Bajo el Nº 49, Protocolo Primero, folios 147 al 155, y posteriormente modificado por documento protocolizado en la misma oficina de registro ya citada, en fecha 30 de junio de 1992, Bajo el Nº 28, Tomo 22. Así se decide.
Publíquese, Reg.....