D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos: LISETT INMACULADA CARBALLO LOPEZ y JOSE RAFAEL FIGUEROA VILLEGAS, cónyuges, mayores de edad, de este do¬micilio, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad números V-8.689.855 y V-8.819.374, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintiocho (28) de Octubre del año 1988, por ante el por ante Registro Civil de San Mateo del Municipio Bolívar, del estado Aragua, según consta del Ac¬ta N° 46, folio 68, tomo 01 del año 1988.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. D.....