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lunes, 21 de julio de 2008
RESOLUCION 006-08 DE LA PRESIDENCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA








CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Presidencia





Maracay, 21 de Julio de 2008

198° y 149°







RESOLUCION Nro. CJPEA-PRES- 006/08







CONSIDERANDO



Que en el segundo piso del edificio del Circuito Judicial Penal, en el área donde están ubicados los tribunales de juicio, se produjo un incendio que consumió el equipo de computación, cables eléctricos y parte del mobiliario de la oficina del Tribunal 5° de Juicio, quedando esparcido a través de los conductos de aire acondicionado, una cantidad considerable de hollín y otros elementos tóxicos, en los pisos, paredes, techo, mobiliario y computadoras del resto de los pisos donde están ubicados los tribunales.



CONSIDERANDO



Que según recomendación de los bomberos que se apersonaron a la sede del Circuito Judicial Penal para verificar las causas del incendio, no debe laborarse hasta tanto sea removido el hollín desprendido por los objetos consumidos por las llamas, dado su alto grado de toxicidad.



CONSIDERANDO



Que el artículo 59 ordinal 3° de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, prevé las condiciones y ambiente en que debe desarrollarse el trabajo, siendo que traduce textualmente: "Artículo 59. A los efectos de la protección de los trabajadores y trabajadoras, el trabajo deberá desarrollarse en un ambiente y condiciones adecuadas de manera que: ... ordinal 3. "Preste protección a la salud y a la vida de los trabajadores y trabajadoras contra todas las condiciones peligrosas en el trabajo".



CONSIDERANDO



Que se suspendieron las actividades laborales a partir del día lunes 14, fecha en que se reportó el incendio, hasta el día viernes 18 de Julio de 2008, en virtud de lo recomendado por el cuerpo de bomberos y en resguardo del artículo antes señalado.



CONSIDERANDO





Que en el día de hoy, se hizo necesario retirar los equipos informáticos en el menor tiempo posible, a fin de dar mantenimiento y verificar hasta donde pudieron ser afectados en cuanto a su operatividad.



RESUELVE



PRIMERO: No dar despacho en los tribunales ubicados en el Piso 2 del Circuito Judicial Penal hasta el día viernes 25 de Julio de 2008, inclusive.



SEGUNDO: Se exceptúa el Tribunal Cuarto de Juicio, el cual laborará los días martes, miércoles y viernes, salvo causas justificadas por el Tribunal



TERCERO: Se mantiene vigente el rol de guardia de los tribunales de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente.



CUARTO: Se mantendrá el personal dentro de las Instalaciones del Circuito, el cual será reubicado en los distintos tribunales.



QUINTO: Se mantendrán los Jueces dentro de las instalaciones del Circuito, en el cumplimiento de las labores administrativas del Tribunal correspondiente.



Dada, firmada y sellada donde funciona la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en la ciudad de Maracay, a los veintiún (21) días del mes de Julio de dos mil ocho (2008). Cúmplase, Diarícese, Comuníquese y publíquese.







Dr. Edgar Fuenmayor de la Torre

Presidente del Circuito Judicial Penal

del Estado Aragua

 
Fecha de Publicación:
  21/07/2008
Pagina Web:
  aragua.tsj.gov.ve
Correo Electrónico
  serviciosjudicialesaragua@yahoo.com
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