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jueves, 14 de agosto de 2008
COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, representada por la ciudadana Petra Sulay Granados, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.613.212, domiciliada en la ciudad de Maturín, en su condición de Coordinadora del Trabajo, designada por la Sala de Casación Social, en atención al contenido del artículo 4 de la Resolución 1475, de fecha 03 de octubre del 2.003, emanada del Comité Directivo de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
CONSIDERANDO
Que todos los Tribunales adscritos a esta Coordinación del Trabajo, no despacharán, entre las fechas 15 de agosto al 15 de septiembre del año 2008, de acuerdo a la Resolución N° 2008-0024, de fecha 23 de julio de 2008, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
CONSIDERANDO
Que durante ese periodo permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos procesales, no obstante, ello no impide que se practiquen las actuaciones que fueren necesarias, para el aseguramiento de los derechos de alguna las partes, quienes deberán justificar la urgencia.
CONSIDERANDO
Que el servicio público de administración de justicia no será suspendido, en tal sentido se acordará la habilitación para que se proceda al despacho del asunto pero, si fuere contencioso se requerirá para su validez, la notificación previa de la otra parte. Los referidos Tribunales no podrán practicar otras diligencias en ese periodo, sino las concernientes al acto que sea declarado urgente.
CONSIDERANDO
Que en dicho lapso, lo referente al calendario sistemático, llevado por el Sistema Automatizado de Documentación y Gestión JURIS2000, se actualizará y colocará el NO DESPACHO, desde el 15 de agosto al 15 de septiembre de 2008, ambas fechas inclusive, lo que trae como resultado, un calendario actualizado día a día, en el referido periodo; asimismo el Sistema queda apto para consultas de asuntos, actualización de fases y estados y otras actuaciones meramente administrativas.
CONSIDERANDO
Que en materia de Amparo Constitucional, se consideran habilitados todos los días del período antes mencionado, teniendo los Jueces la obligación de tramitar y sentenciar los procedimientos respectivos.
ACUERDA
PRIMERO: NO DESPACHAR, ni realizar audiencias durante el lapso comprendido entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre del año 2008, ambas fechas inclusive, en los Tribunales Laborales de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, adscritos a esta Coordinación.
SEGUNDO: Mantener el sistema de Recepción y Distribución de Documentos en materia de Amparo Constitucional, ello a los fines de no violentar el derecho al acceso a la justicia, para lo cual se considerarán habilitados todos los días del período antes mencionado.
TERCERO: El personal que a continuación se nombra, permanecerá durante el periodo del receso judicial, en la sede de la Coordinación del Trabajo:
Alba Quintero y Marianni Bastardo, Pool de Secretarios; Jessica Pérez, Sergio Revilla, Héctor Pacheco y Jesús Barrios, Pool de Asistentes; Edgar Casimiro Ávila y Jonny Vallejo, Alguacilazgo; Horacio Gómez, Archivista; Víctor Vera Asistente Administrativo;Humberto Díaz, Aseador.
CUARTO: Se estableció en todos los Juzgados sistemas de guardias (con disponibilidad), cada uno de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo estará de guardia durante tres días hábiles. Los Juzgados Primero y Tercero de Juicio tendrán diez (10) y once (11) días hábiles de guardias, respectivamente, y el Juzgado Primero Superior del Trabajo estará de guardia durante todo el Receso Judicial, es decir del 15 de agosto al 15 de septiembre, ambas fechas respectivamente.
QUINTO: Durante el lapso indicado en el particular Primero, se ejecutarán las actividades planificadas por la Coordinadora del Trabajo, con la finalidad de optimizar el funcionamiento de las distintas unidades y oficinas.
SEXTO: Désele publicidad al presente acuerdo y colóquese el mismo en sitios visibles de la
Fecha de Publicación:
14/08/2008
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