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RESOLUCION 001-2010 DE LA RECTORIA JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. HORARIO TEMPORAL DE DESPACHO Y DE LABORES EN EL PODER JUDICIAL ARAGUEÑO. |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
RECTORIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 15 de enero de 2010
199° y 150°
RESOLUCION No. 0001-2010
La Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, representada por la Dra. CARMEN ESTHER GOMEZ CABRERA, titular de la cédula de identidad N° 4.541.883, designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, el día 12 de julio de 2005, actuando en ejercicio de las atribuciones que le fueron conferidas.
CONSIDERANDO
Que en fecha 14 de enero de 2010, fue publicada Resolución N°. 2010-0001, de fecha 14-01-2010, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual resuelve que todos los funcionarios judiciales, ejecutivos, administrativos y obreros de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, Inspectoría General de Tribunales, Unidad Autónoma de la Defensa Pública, Escuela Nacional de la Magistratura, Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, Tribunales con competencia en lo Civil, Mercantil, Transito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Agrarios, Marítimos, Laborales, Contencioso Administrativos, Contencioso Tributarios, Penales Ordinarios, Responsabilidad Penal de Adolescentes y Juzgados con competencia Delitos de Violencia contra la Mujer de todo el territorio nacional de la República Bolivariana de Venezuela, laborarán en el horario comprendido de 8:00 a.m a 1:00 p.m., a partir de la fecha de la mencionada resolución, y como medida temporal por la situación a nivel nacional en materia de energía eléctrica.
CONSIDERANDO
Que las medidas que dictó el Poder Ejecutivo para enfrentar la situación que se presenta a nivel nacional en materia de energía eléctrica, y que los Órganos y Poderes del Estado deberán decretar un Plan de uso eficiente y de ahorro de la energía.
RESUELVE
PRIMERO: Que desde el 15 de enero de 2010, todos los tribunales de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, laborará en el horario comprendido desde las 8:00 a.m. a 1:00 p.m., como medida temporal generada por la situación a nivel nacional en materia de energía eléctrica.
SEGUNDO: Que todos los Juzgados de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, deberán tomar las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia. Los jueces cualquiera que sea su competencia, continuarán los actos, juicios o audiencias que hayan iniciado dentro del horario acordado.
TERCERO: Se ordena la publicación de esta Resolución en el sitio Web de la región Aragua, prensa de circulación regional y a su vez que sea colocada, en la cartelera informativa de la Sede de los Tribunales de esta Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Dada, firmada y sellada en la Rectoría Judicial del Estado Aragua, a los quince (15) días del mes de enero de 2010.
Comuníquese y Publíquese,
DRA. CARMEN ESTHER GOMEZ CABRERA
JUEZA RECTORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
CEGC/iraima.
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Autor: |
Rectoria Judicial del estado Aragua/ Editor: Division de Servicios Judiciales |
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Fecha de Publicación: |
19/01/2010 |
Pagina Web: |
aragua.tsj.gov.ve |
Correo Electrónico |
serviciosjudicialesaragua@tsj.gov.ve |
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