Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
lunes, 24 de marzo de 2014
(II)RESOLUCIÓN N° 2014-0001, emanada de la Jueza Rectora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas MARISOL DEL VALLE BAYEH BAYEH
Artículo 6. El cierre de los libros llevados por los Tribunales Ejecutores de Medidas con la antigua nomenclatura y la correspondiente habilitación de los mismos con la nueva nomenclatura; realizando el respectivo cambio de carátula, debiendo ser conservada la carátula anterior.

Artículo 7. Tramitar la dotación de todos aquellos libros necesarios para el buen funcionamiento de todos los Tribunales; para lo cual se debe remitir mediante oficio la respectiva solicitud a la Dirección Administrativa Regional del Estado Monagas; a los fines de que se realicen los trámites administrativos necesarios.

Artículo 8. Implementar el nuevo sistema de distribución establecido en la resolución signada con el número 2014-0009 de fecha 12 de Marzo de 2014; emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia., a partir del día Jueves 27 de Marzo de 2014; en virtud de las actividades de inventario y actualización de los respectivos Archivos.

Artículo 9. Todos los Tribunales deben unificar criterios para la Tramitación y sustanciación de las solicitudes de Títulos Supletorios dentro de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas; en virtud de lo cual se resuelve establecer como requisito previo a la tramitación de dicha solicitud; obtener por ante el departamento de catastro de la respectiva Alcaldía la certificación o verificación de datos.

Regístrese, notifíquese y publíquese.

Dada, firmada y sellada en la sede de la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Maturín a los Veinticuatro (24) días del mes de Marzo de dos mil catorce (2014). Años 203º de la Independencia y 155º de la Federación. Es todo, se terminó, se leyó, conformes firman.

(II)
 
Fecha de Publicación:
  24/03/2014
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados