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lunes, 23 de marzo de 2015
RECTORIA JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA y CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE MARACAY, en el marco de la DIFUSION DE LA SENTENCIA HISTORIA DICTADA POR LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA sobre la No Injerencia de EEUU en Venezuela.
En el marco de la DIFUSION DE LA SENTENCIA HISTORICA DICTADA POR LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, se llevó a cabo EL 18 DE MARZO DE 2015 A LAS 9:00 A.M, desde el Teatro 27 de Noviembre de la Base Aérea Palo Negro (BAEL), Foro en el que se contó con la Participación del Ciudadano Juez Rector y Presidente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Dr. Juan Luis Ibarra Verenzuela y la Ciudadana Jueza Superior y Coordinadora del Circuito Judicial Laboral de Maracay, Dra. Ángela Morana, quienes, invitados como fueron por el General de Brigada Juliat Lartigas, Comandante de la Base Aérea El Libertador, quienes acompañados de las distinguidas autoridades militares, General de Brigada Chávez Mayora, Coronel Vela González, Comandante del Grupo de Servicio de BAEL, con la participación decisiva del Capitán Alejandro Avila y su distinguida esposa, Dra. Milagros Zapata de Avila, quien se desempeña como Jueza de Primera Instancia en materia Civil, la destacada participación de Sargento mayor de Segunda Johan Francisco Gamboa; ratificaron conjuntamente con la disertación, el llamado al compromiso de defender la soberanía y determinación del Pueblo Venezolano como un país libre, soberano y democrático.

 






Dicho evento concentró más de 200 personas, la ponencia inicial estuvo a cargo del Dr. Juan Luis Ibarra, quien destaco que hoy como cada día y hace más de una década seguimos reafirmando ante el país, los motivos que nos llevan a encontrarnos como Venezolanos, los habitantes de esta gran Nación seguimos diciendo PRESENTE ante la creación de espacios como éstos, donde el debate de ideas, criterios fundamentados en las normas y la conciencia clara de vivir en un país libre, soberano y democrático seguirán siendo bandera de lucha y ejemplo frente al mundo. Es de señalar, que el Estado Venezolano es garante de la paz y en conjunto con países latinoamericanos ha establecido importantes alianzas en las que se apuesta a un dialogo mediador y diplomático respetando la esencia de cada pueblo.

Finalmente, es necesario ratificar desde este espacio nuestro compromiso con los venezolanos y venezolanas, el llamado a mantenernos informados sobre las bases jurídicas que sustentan nuestras actuaciones, pero también, los pronunciamientos internacionales de quienes pretenden atentar contra la soberanía del Estado Venezolano sin tener jurisdicción para ello.

Por ello, firmes en que los postulados constitucionales y legales seguirán incólumes en el Estado Venezolano, aquí estarán las instituciones, las estructuras sociales, poder popular organizado y un Poder Judicial a fin de garantizar la constitucionalidad venezolana y de acudir a instancias internacionales a los fines de buscar la preservación del estado, la paz internacional y la suprema estabilidad del país.

Sigamos adelante por el camino de la paz y disfrutemos de este encuentro que hemos preparado con el deseo de seguir generando elementos de formación y liberación para todos y todas.

Seguidamente, la Dra. Ángela Morana González, Jueza Superior y Coordinadora del Circuito Judicial Laboral, sede Maracay, disertó sobre la Sentencia Histórica que dictó en fecha 20 de febrero de 2105 la excelentísima Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, garante del orden constitucional en Venezuela, que, por petición del Vice-Procurador de la República Bolivariana de Venezuela, interpreto los artículos 1, 5 y 322 constitucional, todo ello, en atención a la Ley para la Defensa de los Derechos Humanos y Sociedad Civil en Venezuela 2014, cuerpo legal éste sancionado por EEUU de América a través de su senado, con pretendida aplicación en territorio venezolano.



La Dra. Morana, difundió una vez más, el límite y alcance de la referida sentencia emanada del máximo Tribunal y precisó: " Debe quedar claro ante los presentes que, EEUU a través de ninguna institución, órgano o norma, tiene jurisdicción para sancionar a ciudadanos venezolanos, que tal cuerpo normativo atenta no sólo contra los principios probatorios del derecho, pues también y como en efecto se presenta, atenta contra la soberanía del pueblo venezolano y a su determinación a vivir y elegir como el pueblo que queremos ser, en pleno goce de las libertades constitucionales y legales, y es en virtud de ello, la Sala Constitucional en ponencia conjunta, se pronunció refiriendo que tales acciones injerencistas generan incluso responsabilidades internacionales, entre otro tipo de sanciones sobre tal conducta, que carece de fundamento, validez y efectividad en Venezuela, por lo tanto, es absolutamente de imposible aplicación en nuestro territorio."



Para finalizar dicho acto las autoridades militares agradecieron la presencia de los invitados felicitándoles por tan destacada intervención y les entregaron sendos reconocimientos por su destacada participación.



 
Autor:
  COORDINACION LABORAL MARACAY
 
Fecha de Publicación:
  23/03/2015
Correo Electrónico
  circuitolaboralmaracay@gmail.com
Fotos
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