´Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia Nº 693, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 2 de Junio de 2014, presentada por los ciudadanos YNGRID MARIA GARCIA PINTO PABLO ENRIQUE AGUILAR BELISARIO, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-9.667.217 y V-7.224.178 respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha 24 de marzo de 2023, por ante el Registro Civil de la Parroquia Palo Negro del Municipio Libertador del estado Aragua, según se evidencia de Acta N° 044, Folio 046, Año 2023, asentada en los libros de matrimonios llevados por ante el menci.....