III
DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Maracay, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO EN CONTENIDO Y FIRMA incoada por la ciudadana GENESIS KARINA SEGOVIA GODOY, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-20.757.936 en su carácter de COMPRADORA, y los ciudadanos: WILBER JOUSETH TORRELLES CHOURIO y YETZAIDA JOSEFINA MARTINEZ TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros.: V-20.242.071 y V-14.664.306, respectivamente, en su carácter de VENDEDORES.
SEGUNDO: RECONOCIDO el Contenido y Firma del documento privado contentivo de compra venta sobre un inmueble constituido por un Apartamento distinguido con el Nº 01.....