REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 06 de octubre de 2026
216° y 167°
Vista la anterior demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, presentada por la ciudadana, EUCARIS JOSEFINA MARQUEZ ÁVILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.568.027, asistida por el abogado, HENRY ENRIQUE HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.183.184 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 202.442; este Tribunal le da entrada en el Libro respectivo. Ahora bien, de la revisión efectuada por este Juzgado del presente escrito libelar, se observa en primer lugar: que la parte actora no indico los Metros correspondiente a los datos del referido inmueble, asimismo no señalo los Metros de Construcción. En lo que respecta de la Estimación de la demanda, .....