En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, siendo competente esta Juzgadora, procede a dictar decisión, de la manera siguiente: Este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA a la ciudadana YENNIFEL WOOD BERRY SOLARTE VÁSQUEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-6.198.964, nacida en fecha 17-12-1965, de 59 años de edad, profesión u oficio: LOCUTORA, residenciada en: Avenida 8, Con Calle 22, Casa N° 8-11, Sector Los Limoncitos, Parroquia Juan Ignacio Montilla, Municipio Valera, Estado Trujillo. TELÉFONO: 0414-4919444, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, y el resarcimiento del daño causado a la víctima de 75 unidades tributarias, por la comisión del delito de PERTURBACIÓN A LA POSESIÓN PACÍFICA, previsto y sancion.....