En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADA la Transacción celebrada en el presente juicio que por NULIDAD DE DOCUMENTO incoada por el abogado CARLOS EDUARDO ZAMBRANO GELVES, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 137.807, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN MANUEL BASALO LOJO identificado con la cedula de identidad N° V-11.957.784, Según Poder Especial, Apostillado ante la Notaría Pública del Estado de la Florida en fecha 21 de marzo del 2022, N-HH151130, contra el ciudadano YIMIL JAVIER LEGASRDO QUINTERO identificado con la cedula de identidad N° V-7.376.116, y como tercer interesado ciudadana YOXI JOSEFINA LISTA RIVAS, identificada con el número de cédula de identidad V-11.828.....