Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, impartiendo Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se Admite el recurso de Apelación de Auto, interpuesto por la abogada María Solipa, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 135.757, en su carácter de defensora privada del ciudadano Emerson Antonio Arvelaez Ordan, en contra de la decisión de fecha 20.07.2026, dictada por el Tribunal Tercero (3°) de Primera (1ª) Instancia en Funciones De Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el asunto signado bajo la nomenclatura alfanumérica DP01-S-2026-000901 (nomenclatura interna del tribu.....