Por las razones de hecho y de derecho expuestas, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de Violencia contra la Mujer del estado Aragua, adscrita a la circunscripción judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Competente para conocer de la presente Inhibición propuesta por la abogada Yhajaira Thais Medina Gutiérrez, en su carácter de Jueza del Tribunal Primero (1º) de Primera (1ª) Instancia en función de Juicio del circuito judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la circunscripción judicial del estado Aragua, en la causa signada bajo la nomenclatura alfa numérica DP01-S-2019-000151; con fundamento en el numeral 7° del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal.
Segundo: Con Lugar la inhibición propuesta por la abogada Yhajaira Thais Medina Gutiérrez, en su carácter de Jueza del Tribunal Primero (1º) de Primera (1ª) Instan.....