III
DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial señaladas ut supra, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda interpuesta por los ciudadanos LUISA DEL CARMEN GIL y JULIO CESAR PERALTA YANEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.512.567 y V-3.557.073, respectivamente; debidamente asistidos por el abogado HECTOR DARIO PACHECO PEÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 125.328; contra el ciudadano ELIECER MARTIN PATIÑO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.095.969; todo de conformidad con lo establecido los artículos 340 ordinal 6° y 341 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial natur.....