D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento presentada por los ciudadanos: MILAGROS COROMOTO HERNANDEZ DE MARCANO y MIGUEL RAMON MARCANO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-11.979.643 y V-13.019.591 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado Rodolfo Antonio Ampueda España, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No. 145.367, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintisiete (27) de marzo del año mil novecientos noventa y ocho (1998), por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar, Parroquia .....