Vista la solicitud de únicos y universales herederos presentada, así como la justificación de los testigos promovida y evacuada, este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: NAVARRO APONTE ASDRUBAL ALBERTO, NAVARRO APONTE NEIDA ROSA Y NELSON RAMON NAVARRO APONTE (premuerto) por el sus hijos NAVARRO MOTA NELLY OMAIRA y NAVARRO MOTA NELSON ALBERTO, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.502.123, V-10.502.124, V-6.198.461, V-19.514.094 Y V-16.880.650 respectivamente, en su carácter de causahabientes de la DE CUJUS ciudadano: ROSA OMAIRA CASTILLO VIUDA DE NAVARRO, quien fuera titular de la cedula de identidad N° V-5.604.170, quien falleció el 24 de julio de 2021, como se desprende de Acta de Defunción Nro. 2750, Folio 250, Tomo 11, AÑO 2025, expedida por el Registro Civil del Municipio Girardot, Parroquia Andrés Eloy Blanco del estado Aragu.....