DISPOSITIVA.
Ahora bien, cumplidos como han sido los trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación de auto, interpuesto en once (11) del mes de mayo del año dos mil veintiséis (2026), por el ABG JUAN CARLOS VELIZ, en su condición de DEFENSA PUBLICA de la ciudadana IVONNE JOSEFINA MARTINEZ AULAR, en contra del auto publicado por el 7J-331-2025, TRIBUNAL SEPTIMO (07°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO de fecha cuatro (04) del mes de mayo del año dos mil veintiséis (2026), en la causa 7J-331-2025, (nome.....