Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor del ciudadano JIMMI EDUARDO AGUILAR HERRERA, identificado con la cédula de identidad Nº V-6.859.110, en su condición de poseedores de las bienhechurías que se encuentran construidas sobre una superficie de terreno de CIENTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON ONCE CENTIMETROS CUADRADOS (119.11 MTs2), un área de construcción de DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON VEINTIDOS CENTIMETROS CUADRADOS (238.22 MTs2), ubicada en la siguiente dirección: PARROQUIA SANTIAGO MARIÑO, SECTOR PATRIA NUEVA, CALLE EL CARMEN, PARCELA Nº 13, IDENTIFICADA CON EL CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO N° 0.....