Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia Nº 693, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 2 de Junio de 2014, presentada por los ciudadanos JOSENIL LUCERO DE LA CHIQUINQUIRA MEDINA RONDON y ANTONIO JAVIER DIAZ GUTIERREZ, identificados con las cedulas de identidad Nros.V-18.851.357 y V-15.122.019respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha 27 de enero de 2017, por ante el Registro Civil de la Parroquia Turmero del Municipio Santiago Mariño, estado Aragua, según se evidencia de Acta N° 9, folio 9, Tomo 1, Año 2017, asentada en los libros de matrimonios ll.....