Primero: Inadmisible la presente Recusación incoada por la abogada Carla Cristina Xistra Da Silva, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 145.307, en su carácter de defensora Privada del ciudadano: José Luís Gil Olmos, portador de la cedula de identidad N° V-17.865.403, que la realizo en contra de la Abogada Dianifer Bello Velásquez, en su condición de Jueza del Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia en Función de Control Audiencias y Medidas en Materia de Violencia de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, la Abogada Yelemy León Escobar, en su condición de secretaria y del Ciudadano: Ángel Rebolledo, en su condición de Alguacil, ambos adscritos al Tribunal antes mencionado, por inepta acumulación de pretensiones, tal como se indica en este fallo.-
Segundo: Líbrese notificación al Juzgado Primero (1°) de Primera (1ª) Instancia en función de Control Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial.....