-III-
En virtud de las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE en razón de la Cuantía, para conocer de la presente demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, presentada por la ciudadana, JOSEFINA BACHOUR DE SABBAGH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-22.948.310, en su carácter de integrante de la Sucesión "BACHOUR KAUAM JOSEPH", inscrita con el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) Nro. J-50054858-3, asistida por el abogado EDGAR RUBÉN ARROYO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 116.934, contra la ciudadana, ELISMAR JOSEFINA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.976.015. En consecuencia, se ordena remitir el presente expediente co.....