Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por la ciudadana ANA LUCIA LOPEZ VENERO, identificada con la cedula de identidad N° V-12.995.454, contra el ciudadano FULGENCIO JOSE MORILLO, identificado con la cedula de identidad N° V-14.693.636. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 28 de abril de 2007, por ante el Registro de la Parroquia El Recreo del Municipio San Fernando del estado Apure, según se evidencia de Acta de matrimonio asentada en el Acta N° 108, Folios 137-138, Libro N° 02, Año 2007.
Así mismo, se decreta el EJECUTESE DEFINITIVO de la present.....