En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, siendo competente esta Juzgadora, procede a dictar decisión, de la manera siguiente: Este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE ala ciudadana FIORELLA PAOLI OVALLES ORONEL, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-29.503.084, nacido en fecha 22-04-2001, de 23 años de edad, de profesión u oficio: OBRERA, residenciado en: SAN CARLOS CALLE ZULIA CASA N 3, MARACAY TELÉFONO: 04127095949 (PERSONAL), a la ciudadana MARIA EDELMIRA PARRA DE LOPEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-9215788, nacido en fecha 22-12.1965, de 59 años de edad, de profesión u oficio: DEL HOGAR, residenciado en: SAN CARLOS CALLE ZULIA CASA N 3, MARACAY. TELÉFONO: 04166618462 (PERSONAL), al ciudadano DEIVIS GREGORIO LOPEZ PARRA, .....