PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano, FERNANDO GUILLERMO CAPRILES LAUWSON, titular de la cédula de identidad N° V- 4.553.773, en su carácter de víctima, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: Se declara TEMPESTIVO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano, FERNANDO GUILLERMO CAPRILES LAUWSON, titular de la cédula de identidad N° V- 4.553.773, en su carácter de víctima, en contra de la decisión publicada por el TRIBUNAL NOVENO (09°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en fecha ocho (08) de abril del año dos mil veintiséis (2026), en la causa Nº 9J-266-2026 (nomenclatura interna de ese despacho de Primera Instancia).
TERCERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto el ciudadano, FERNANDO GUILLERMO CAPRILES LAUWSON, titular de la cédula de identidad .....