D E C I S I O N
Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE LA HOMOLOGACION DEL CONVENIMIENTO A LA DEMANDA, presentada por la ciudadana KATHERINNE ESPERANZA TOVAR RENGIFO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-20.758.523, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio Leonel Enrique Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 309.656, por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, contra la ciudadana YAJAIRA ESCOLASTICA APONTE DELGADO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-5.267.501, quien actúa en representación legal de la ciudadana ENDRIS DEL CARMEN GALINDO APONTE, venezolana, mayor de edad y titular.....