Por las razones antes expuestas y de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por PARTICIÓN, incoado por el ciudadano WILFREDO CAÑIZALEZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-6.167.555, debidamente por la Abogada en ejercicio MARIA RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo le Nro. 16568, contra la ciudadana YUDIRA CRIBE LARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.669.069.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la decisión.
TERCERO: Se ordena notificar a la parte actora a fin de que dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes al de hoy, se dé por notificada, a los fines de que pueda ejercer los recursos correspondientes, advirtiéndoles qu.....