Inadmisible la presente Acción de Amparo incoada por el abogado Gerardo José Tepedino, defensor privado inscrito en el Inpreabogado bajo el número 86.598, quien dice actuar en su carácter de defensor privado del ciudadano Francisco José Villa, identificado con la cédula número V.5.262.445, identificado con la cédula número V.22.340.467, en contra del Tribunal Cuarto (4°) de Primera(1ª) Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, conforme a lo establecido en el ordinal 1º del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.-