´III. DECISIÓN
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede constitucional y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana BEATRIZ ORIANA GUERRA CONTRERAS contra la ciudadana JAQUELINE JOSEFINA ZAPATA CEDEÑO, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los veinte (20) días del mes de abril del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las tres y treinta de la tarde (3:30 p.m.). Años 217° de la Independe.....