D E C I S I O N
Por todos y cada uno de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PROCEDENTE LA HOMOLOGACION DEL CONVENIMIENTO A LA PRESENTE DEMANDA, presentada por el ciudadano SANTIAGO DAVID HURTADO MENDEZ, venezolano, de estado civil soltero, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-17.052.475, debidamente asistido en este acto por la abogada en ejercicio Liliana Elizabeth Pérez Mellado, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 330.656, por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, contra el ciudadano RAFAEL ALBERTO HURTADO GARCIA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-3.796.779. En consecuencia, de conformidad con lo pautado en el Artículo 263 del Códi.....