Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer el recurso de apelación interpuesto, por la ciudadana abogada AMARIS MARTINEZ BRITO, en su carácter de DEFENSORA PÚBLICA AUXILIAR (E) CUARTA (4°) adscrita a la Defensa Pública del estado Aragua, en defensa del ciudadano: ALFREDO ERNESTO GONZÁLEZ.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha dos (13) de enero del año dos mil veintiséis (2026), ante la oficina de recepción y distribución de documentos de alguacilazgo, por la ciudadana abogada: AMARIS MARTINEZ BRITO, en su carácter de DEFENSORA PÚBLICA AUXILIAR (E) CUARTA (4°) adscrita a la Defensa Pública del estado Aragua, en defensa del ciudadano: ALFREDO ERNESTO GONZÁALEZ, en contra la decisión dictada por el TRIBUNAL DÉ.....