este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aras del resguardo del principio de seguridad jurídica, el debido proceso y a los fines de la obtención de una verdadera tutela judicial efectiva de conformidad a lo establecido en los artículos 26, 27 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana considera oportuno REPONER la presente causa a la etapa procesal de NOTIFICAR al Ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, el cual fuere ordenado en el auto dictado en fecha 05 de Agosto de 2024.- Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 206 y 310 ejudesm. Cúmplase con lo ordenado y líbrese boletas de Notificación.