Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana ROSA DEL CARMEN CANO MONTILLA, identificada con la cédula de identidad N° V-11.987.483, en su condición de poseedora de las bienhechurías que se encuentran construidas sobre una extensión de terreno de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CON TREINTA Y SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (369,36Mts2), y una superficie de construcción de TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS (36,00Mts2), ubicada en la siguiente dirección: PARROQUIA PEDRO AREVALO APONTE, FUNDO ROSARIO DE PAYA, SECTOR 01 DE MAYO, INTERCOMUNAL CRUCE CON CALLE CHORONI, PARCELA Nº18, JURISDICCIÓN DEL MUNICIPIO SANTIAGO MAR.....