DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, siendo competente esta Juzgadora, procede a dictar decisión, de la manera siguiente: Este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Primero de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano DANIEL ENRIQUE BORRO, titular de la cédula de identidad Nº V-23.587.933, de 36 años de edad, fecha de nacimiento: 26-08-1981, profesión u oficio: ALBAÑIL, residenciado en CALLE PRIMERO DE ENERO, CASA Nª 15, BARRIO 23 DE ENERO, MARACAY, ESTADO ARAGUA, TELÉFONO: NO POSEE. PREVIO TRASLADO DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS, DELEGACIÓN MARACAY, ESTADO ARAGUA, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE RECURSOS DE MATERIALES ESTRATÉGICOS, previsto y sancionado en el artículo 34, de la Reforma de la Ley Orgánica Contra la Deli.....